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NOTA INFORMATIVA |
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NOTA INFORMATIVA ERRORES MÁS FRECUENTES EN LOS BORRADORES DE DECLARACIÓN DEL IRPF Como en otras campañas del IRPF se han vuelto a detectar problemas en el contenido de numerosos borradores de declaración enviados a los contribuyentes. La “revisión del borrador” se hace imprescindible, ya que no debemos olvidar que una vez firmado y enviado el mismo, el único responsable de los datos y cifras que en él figuran, es el propio contribuyente. Por este motivo, nos parece interesante enumerar los “errores más frecuentes” que puede albergar cualquier borrador de declaración: 1.- El error más común es la omisión de la deducción por adquisición de vivienda habitual. La mayoría de los borradores no contienen este dato, circunstancia que origina un gran perjuicio para la mayoría de los contribuyentes. Este año se ha detectado un error en la imputación en tributación conjunta de la deducción. En consecuencia, nuestro primer consejo es que todos aquellos ciudadanos que estén satisfaciendo un préstamo hipotecario, o incluso pagando una casa de alquiler, comprueben detalladamente la inclusión o no de este dato en el borrador de la declaración. Asimismo, sería interesante comprobar que el porcentaje de titularidad sobre el préstamo, la vivienda, etc, es el correcto; ya que la deducción aplicable es directamente proporcional al porcentaje de titularidad. A estos efectos, ya no es sólo la existencia de una cuenta vivienda (dato que entendemos podría obtener sin grandes problemas la Administración) o de las letras de un préstamo hipotecario, sino que la cifra objeto de deducción por adquisición de vivienda puede incluir otro tipo de importes. 2.- Se han detectado este año problemas en la aplicación de manera correcta de la deducción denominada de los 400 euros en los borradores. 3.- También hay problemas con los pagos adelantados a las promotoras para la compra de vivienda sobre plano, que tampoco se suelen contemplar en el borrador remitido al ciudadano, entendemos que por falta de información. 4.- Otro error frecuente en el borrador de declaración es la individualización de las rentas. Es decir, es frecuente que no se indique correctamente el porcentaje de titularidad de las cuentas corrientes. Este error viene derivado normalmente de la información facilitada por las entidades financieras a la AEAT, y conlleva un perjuicio para el contribuyente, que ve “duplicada” su carga fiscal. 5.- Nos parece interesante recordar la posibilidad de que existe de tributar de forma conjunta o individual. A estos efectos, en función de las circunstancias personales de cada uno, resultará más beneficiosa una u otra opción, por lo que es recomendable “probar con ambas opciones”, a fin de elegir correctamente la más ventajosa.
Pues bien, el borrador de declaración solo emite declaraciones individuales, no remite a los contribuyentes la opción por la declaración conjunta; por lo que en caso de tener esta posibilidad, conviene analizarla al margen de lo que contenga el borrador. 6.- Otra posible error es la correcta imputación de los rendimientos del trabajo: es decir, que en el borrador se refleje correctamente el importe devengado por este concepto. Hay ocasiones, en que si el ciudadano ha tenido a lo largo de un mismo ejercicio varios trabajos, no vengan reflejados todos en el borrador, o incluso alguno aparezca por duplicado. Por este motivo es importante prestar atención a todos los datos que figuren en el mencionado borrador. 7.- Otro problema que puede surgir en relación con rendimientos del trabajo es que no se imputen como tales, sino como, rendimientos de actividades económicas. Esta situación suele ser frecuente en personas que dan conferencias, que no llegan a desempeñar actividad económica alguna (de ahí que las rentas que obtienen son rendimientos del trabajo), y sin embargo quien organizan el congreso o la conferencia imputan dichas rentas como actividad económica. 8.- Asimismo nos encontramos con la titularidad de la referencia catastral (cuestión que adquiere su importancia para los supuestos de imputación de rentas inmobiliarias): la Administración puede otorgar la titularidad incorrectamente si ha habido variación que por falta de información no tenga en su poder. 9.- Problemas con los descendientes menores de 14 de años sin NIF. 10.- Inclusión de los descendientes nacidos en 2007. 11.- Problemas con los datos de los nuevos declarantes en las fechas de nacimiento, sexo, etc. 12.- Exactitud en la vinculación de los hijos comunes en los casos de separación matrimonial. 13.- Problemas con los datos de la deducción anticipada de maternidad en los casos de hijos menores de tres años de contribuyentes que percibe la prestación del INEM 14.- Percepción de subvenciones sin indicar el destino, que sí aparece en el caso de las que son destinadas a vivienda habitual. 15.- Cálculos en las anualidades por alimentos y pensiones compensatorias. 16.- Problemas con los datos fiscales en casos de cálculo de reducciones por circunstancias laborales, en los casos de movilidad geográfica y para mayores de 65 años. 17..- No inclusión en los casos de declarantes con alguna incapacidad y minusvalía, de la reducción de trabajador activos discapacitados y del mínimo personal específico para este tipo de personas. INFORMACION ELABORADA POR EL EQUIPO JURIDICO FISCAL DE DATADIAR.COM |