ASEFIGET
 
3.PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS

 

Una vez generado el fichero de la declaración existen dos formas de presentarlo:

 

a)Telemáticamente: En la Oficina Virtual de la AEAT con certificado electrónico. Una vez haya sido presentada la declaración, se obtendrá una página de respuesta del servidor con un código electrónico (o código seguro de verificación) justificante de la presentación. Mediante dicho código electrónico se podrán obtener copias electrónicas de la declaración en formato PDF, para habilitar su impresión en papel

 

b)En Papel Impreso mediante el Servicio de Impresión de la AEAT: el Servidor de la AEAT dispondrá en internet de un servicio de impresión mediante el que se puede obtener la declaración en formato PDF. Este nuevo servicio sustituirá al módulo de impresión de otras campañas. Las declaraciones correspondientes a titulares que estén obligados a su presentación telemática no podrán usar este servicio sino el servicio de validación y prueba (opción de impresión). En el resto de supuestos se obtendrá una declaración con dos ejemplares del documento de ingreso y devolución (DID), uno para el declarante y otro para la entidad colaboradora. Dicho DID tendrá un número de justificante que comenzará con un código (204 ó 205, según corresponda) distintos a los del modelo preimpreso del CHH. El contenido de estas declaraciones quedarán provisionalmente en el servidor de la AEAT a la espera de que sean confirmadas mediante la presentación del impreso correspondiente ante la entidad colaboradora. El contribuyente, una vez que ha presentado el impreso en la entidad colaboradora, recibe su copia así como su ejemplar del DID con el sello o “pique” de presentación.

En estos casos, el modo de proceder es el siguiente:

 

  • La EECC graba el número de justificante en el fichero de autoliquidaciones del NPGT que transmite a la AEAT. 
  • La EECC no remite papel alguno a la AEAT porque se queda tan sólo con el ejemplar del DID validado ( es decir como otra autoliquidación del NPGT). 
  • Cuando llegue el numero de justificante con el fichero del NPGT a la AEAT se recuperan los datos de la declaración del fichero en el que se habían grabado provisionalmente.

 

 

En el supuesto de que estos impresos sean presentados en oficinas de la AEAT o por correo certificado (negativas, aplazamientos en papel,..) también se recuperarán los datos de la declaración del fichero en el que se habían grabado provisionalmente mediante el numero de justificante.

 

 INICIO

En cumplimiento de la LOPD 15/99 y LSSICE 34/2002, y demás disposiciones legales, se le informa que sus datos de carácter personal se encuentran en un fichero automatizado de carácter personal cuyo Responsable de Fichero es ASEFIGET. Autoriza la utilización de los mismos para las comunicaciones, incluyendo las realizadas vía correo electrónico, que ASEFIGET realice. Queda igualmente informado de la posibilidad de ejercitar sobre tales datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, a cuyo fin deberá dirigirse por carta a ASEGIGET c/ Alcalá 94, 2º dcha.28009 Madrid, o por email a comunicacion@asefiget.com. Si usted no desea recibir más información via e-mail remita un correo indicando la palabra "baja" en asunto.